Elaboración de un Informe de Evaluación del Edificio (IEE) para la comunidad de propietarios de la c/Castilla, 33 en Santander (Cantabria).
Ejecución del proyecto: 2023.





¿Qué es un IEE?
El Informe de Evaluación de los Edificios (IEE) es un documento que analiza tres aspectos fundamentales sobre las características y estado de los edificios:
• Estado de Conservación
• Accesibilidad
• Eficiencia Energética.
¿Cómo se realiza un IEE?
Se examina el estado estructural y constructivo del edificio, identificando posibles deficiencias o daños que puedan comprometer su seguridad y funcionalidad. Se verifica si el edificio cumple con las normativas vigentes en cuanto a accesibilidad, asegurando que las personas con movilidad reducida puedan acceder y desplazarse por el mismo. Se evalúa el grado de eficiencia energética del edificio, considerando aspectos como el aislamiento térmico, los sistemas de climatización y el consumo de energía.
Por ello, en este informe se establece el estado actual del edificio, identificando y documentando cualquier deficiencia que requiera ser subsanada, estimando y valorando el coste de las reparaciones necesarias y establecer un plazo máximo para su ejecución. De esta manera, se busca prevenir riesgos y evitar daños que puedan afectar tanto a los ocupantes del edificio como a las personas que se encuentren en sus inmediaciones.
¿Qué edificios están obligados a realizar el IEE según normativa de Santander y Cantabria?
El Informe de Evaluación del Edificio debe realizarse en todos los edificios de uso residencial de vivienda colectiva con más de 50 años de antigüedad, siendo el plazo para su presentación de 5 años desde el cumplimiento de los 50 años.
Los edificios residenciales de vivienda colectiva que en el momento de aprobarse la normativa estatal ya tenían más de 50 años de antigüedad, de conformidad con la normativa autonómica tienen un calendario específico para su realización en función de su antigüedad. Estos edificios pueden tener usos adicionales, como hoteles, residencias o albergues, entre otros.
Además de los edificios mencionados, aquellos que deseen beneficiarse de ayudas públicas, incluyendo viviendas unifamiliares, también están obligados a presentar el informe.
¿Quién realiza el trámite?
La Inspección Técnica de Edificios debe ser realizada por un técnico cualificado con la titulación de arquitecto, arquitecto técnico, aparejador o ingeniero de la edificación. La Administración Urbanística tiene la facultad de solicitar este informe a los propietarios, quienes deberán presentarlo en el Registro General del Ayuntamiento correspondiente.